Belén- Una organización palestina para los DDHH, afirmó que desde el inicio de la Intifada de Al Aqsa, en septiembre del 2000, las autoridades israelíes de ocupación han emitido 19.000 órdenes de “detención administrativa” contra los palestinos.
La Asociación de Prisioneros Palestinos (APP) ha explicado que el récord corresponde al año 2007 con 3.101 “detenciones administrativas”, seguido del 2006 con 2.850. La misma asociación refiere que estas órdenes se han dirigido a niños, mujeres, jóvenes, ancianos, intelectuales, estudiantes, dirigentes políticos y sindicales, y en los últimos años, también a diputados del Consejo Legislativo Palestino y ex ministros de los precedentes gobiernos palestinos.
En el informe de la asociación se revela que las autoridades de ocupación retienen todavía en sus cárceles y en campos de detención a 560 detenidos administrativos, incluidos menores (de ambos sexos) y mujeres, que representan el 5,6% del total de los detenidos, esto es, 9.600. La mayor parte de los detenidos administrativos yacen en la cárcel del Desierto del Negev (reabierta durante la Intifada de Al Aqsa), donde viven en condiciones duras e inhumanas.
La asociación sostiene que este procedimiento por parte de los ocupantes israelíes, que retienen centenares de ciudadanos sin proceso ni acusación precisa, constituye un castigo para quien no ha cometido delito alguno y una detención sin fin; una evidente violación tanto al Derecho Internacional Humanitario como a la IV Convención de Ginebra, la cual está dedicada a la libertad de las personas y considera el uso habitual de la detención administrativa, una medida punitiva muy severa.
La asociación ha confirmado que el uso por parte de la autoridad de ocupación de la práctica de las detenciones administrativas comenzó con la ocupación de Cisjordania y la Franja de Gaza en 1967, para luego proseguir –a falta de sentencia de la Magistratura- de manera divagante, en base a órdenes militares. Esta práctica, por lo tanto, ha sido usada siempre como medida punitiva y de detención ilimitada, basada en el artículo 111 de la Ley de Emergencia impuesta por las autoridades británicas en septiembre de 1945.
Tal artículo ha sido puesto en práctica mucho más fácilmente por la autoridad de ocupación, gracias a leyes y ordenanzas militares, entre las cuales, la más notable es la Nº 1228 del 1 de marzo de 1988, que atribuye poder de decisión a los oficiales de grado inferior respecto al jefe del área. Esto ha llevado a un sustancial incremento del número de palestinos golpeados por la detención administrativa. Además, la ordenanza militar Nº 1281 del 10 de agosto 1988, ha consentido prolongar el periodo de detención administrativa hasta un año, susceptible de renovación.
La asociación aclaró que la mayor parte de los detenidos administrativos son arrestados por sus opiniones o su credo, o bien a causa de su pacífica actividad política o sindical, mientras otros son sometidos a largos interrogatorios que no logran demostrar nada. Otros además, pasan de la detención administrativa a las cárceles israelíes, y en muchos casos son utilizados como instrumento de presión sobre las organizaciones a las que pertenecen.
Más aún, la APP informa que las autoridades israelíes de ocupación no respetan ni los principios generales del Derecho, ni las garantías jurídicas, ni la transparencia durante la detención de acuerdo a las leyes internacionales y la Convención de Ginebra, sino al contrario, usan la detención administrativa como una forma de detención secreta, un castigo colectivo contra los palestinos por periodos que pueden durar años, privando a los detenidos de sus derechos más elementales, entre ellos, el de recibir a sus abogados y conocer los motivos de su detención.
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